El Comité de Apelación asume el error arbitral y retira la roja a Iker Córdoba

En una decisión con pocos precedentes, el juez disciplinario único del Comité de Apelación de la RFEF ha notificado durante la mañana de este miércoles al Valencia CF que, tras estudiar el recurso presentado por la Academia a raíz de la expulsión con roja directa por mano a Iker Córdoba, la decisión del árbitro queda totalmente anulada.

El club che alegó que el balón en ningún momento impactó en el brazo ni en la mano del central y que fue en el muslo. Por tanto, Iker Córdoba ha visto cómo le retirar la tarjeta roja y podrá estar el sábado ante la UD Alzira.

Tras revisar los documentos audiovisuales presentados, queda bastante claro que fue un error grosero del colegiado Sánchez Alba y que el penalti señalado a favor del Torrent en el minuto 88 nunca debería haberse pitado, porque Iker Córdoba salva de manera legal el gol tras tocar en el muslo y poder rechazarlo.

Así lo comunica el propio Comité en su escrito:

Vistas las alegaciones formuladas por la representación del VALENCIA CF, SAD, este Juez Disciplinario Único considera lo siguiente:

PRIMERO. –  El Valencia Club de Fútbol, S.A.D ha formulado escrito de alegaciones en relación con el acta del partido disputado entre los equipos Valencia-Mestalla y Torrent C.F., y en concreto, referidas a la expulsión de que fue objeto en el minuto 87 del partido, su jugador número 27, Iker Córdoba Sánchez, por jugar el balón con el brazo, evitando una ocasión manifiesta de gol al equipo contrario.

Se hace constar en las alegaciones que, en base a la prueba videográfica que se aporta, se constata la existencia de un error material manifiesto y, por tanto, se desvirtúa la presunción de veracidad del acta arbitral, ya que, las imágenes así lo demuestran, solicitando dicho Club se revoque la expulsión anteriormente referida.

SEGUNDO. –  Vistas las alegaciones y estudiada la prueba aportada, podemos concluir, efectivamente, de forma objetiva, evidente y notoria que el jugador del Valencia Mestalla no realizó en modo alguno la acción que se le imputa en el acta, ya que el mismo disputó el balón con el muslo de la pierna derecha.

Por tanto, se constata en el presente caso que la presunción de veracidad del acta arbitral, consagrada en el artículo 27.3 del Código Disciplinario quiebra, situación que nos induce a acoger favorablemente la pretensión de tal constatación y por ello, se ha de dejar sin efectos disciplinarios la expulsión de que fue objeto el jugador D. Iker Córdoba Sánchez.

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Área Valencia CF. Periodista y amante del fútbol. Me gusta contar cosas. Especialista en fútbol base. ¡De la cantera a la élite!

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