La FFCV emite la Circular 38: ascensos y campeonatos definitivos para la temporada 2019-2020

Foto: FFCV

La Junta Directiva de la FFCV aprobó este jueves la importante circular número 38 en la que se detalla el fin de todas las competiciones territoriales.

Ahora deberá ser la Asamblea General la que refrende esta decisión para acabar de forma oficial la temporada 19-20.

En la circular 38 se explican todos los casos de las diferentes categorías de fútbol y fútbol sala:

Circular Finalización Competiciones

En esta circular están especificados todos los casos que hay de ascensos, de no descensos y de promociones, tanto a categorías territoriales como nacionales.

Esta circular es fruto de un intenso estudio del Área de Competiciones de la FFCV para elegir la opción menos mala y en consonancia con la RFEF, dentro de una situación muy excepcional como es la pandemia del COVID-19.

Reproducimos la Circular de manera íntegra, debido a su importancia:

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ACUERDOS ADOPTADOS POR LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FFCV SOBRE LAS COMPETICIONES DE SU ÁMBITO TERRITORIAL

En atención a las circunstancias extraordinarias de fuerza mayor que se derivan de la pandemia del COVID-19, del estado de alarma declarado por el Gobierno de España y sus efectos en las competiciones oficiales de Fútbol, así como en sus modalidades, para la temporada 2019/2020, por la Junta Directiva de la Federación se somete a la consideración de la Asamblea General la aprobación de las normas que se detallan en las disposiciones adicionales 5ª, 6ª y 7ª, para su adición al Reglamento General de la FFCV, al objeto de establecer las bases para la finalización de las ligas regulares de nuestro ámbito territorial.

Con las mencionadas disposiciones se entiende que se cumplen con los criterios establecidos por el Consejo Superior de Deportes para la finalización de las competiciones de “objetividad, integridad, justicia deportiva y resultados competitivos”.

Debido al tiempo que llevamos en estado de alarma y al tiempo previsto en las denominadas fases de desescalada para poder volver a competir deportivamente con una cierta normalidad, entendemos que es totalmente imposible finalizar las competiciones deportivas siguiendo lo establecido al inicio de la temporada 2019/2020.

Dichas «Fases de desescalada» pueden no ser igual para todos los municipios y/o provincias de nuestra Comunitat, en atención a los criterios que establezcan en cada momento las autoridades competentes. Por ello, se hace imposible la continuidad de las competiciones en nuestro ámbito territorial.

Así pues, se somete a la consideración de la Asamblea General de la FFCV, la propuesta de modificaciones reglamentarias aprobadas en Junta Directiva de fecha 13 de mayo de 2020 en primera sesión y 21 de mayo de 2020 en segunda sesión, en los que se fijan los criterios de finalización de la Temporada 2019/2020 con la modificación, si procede, de los sistemas competitivos y de las normas de competición, de acuerdo con la competencia que posee esta FFCV en virtud del decreto 2/2018 del 12 de enero del Consell. El tenor literal de la propuesta de modificación reglamentaria que se somete a la Asamblea es el siguiente:

DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA:

Se establece que, en atención a la situación social, sanitaria, jurídica y competitiva existente derivada de la pandemia del COVID-19,se procede a la finalización excepcional de la Temporada 2019/2020 según los siguientes principios generales comunes a todas las competiciones:

1) Dar por finalizada la temporada deportiva 2019/2020 de ámbito territorial a fecha 14 de marzo, momento en el que se decretó el Estado de Alarma en España, estableciendo el orden competicional con los resultados de la clasificación que estaban establecidos en la última jornada disputada. Excepcionalmente, en las competiciones de aficionados de ámbito territorial de Fútbol y Fútbol Sala, tanto femenino como masculino, en las que estuviera prevista una promoción de ascenso a división nacional, esta se disputará en la forma que en los siguientes apartados se desarrolla.

2) Cualquiera de los partidos que debieran disputarse a partir de la presente disposición deberán estar en consonancia con las autorizaciones de carácter social, empresarial, económico, de movilidad y deportivo que apruebe en cada momento el Ministerio de Sanidad o las autoridades competentes y estará, por tanto, condicionado a la evolución que tenga la pandemia en cada momento determinado. A tal fin, se solicitará a las autoridades correspondientes la pertinente autorización para poder disputar los partidos programados.

3) Todos los encuentros deberán disputarse sin público.

4) Todos los equipos a los que se les permita disputar encuentros para el desarrollo de la parte de las competiciones oficiales que se citan en esta disposición deberán cumplir escrupulosamente con la Resolución de 4 de mayo de 2020, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba y se publica el Protocolo básico de actuación para la vuelta a los entrenamientos y el reinicio de las competiciones federadas no profesionales (BOE de 6 de mayo de 2020), así como cualquier otras condiciones específicas de protección de la salud que pueda aprobar el organismo competente de la Generalitat Valenciana, o la RFEF y, en todo caso, aceptar por escrito las nuevas condiciones y circunstancias de tales competiciones.

Será, asimismo, requisito imprescindible, que los clubes a los que se les permita disputar los encuentros en cada una de las fases acepten por escrito las nuevas condiciones de competición.

5) En las competiciones oficiales de fútbol y fútbol sala aficionado de nuestro ámbito territorial, tanto masculino como femenino, exclusivamente, en las que se disputa una promoción de ascenso a categoría nacional, se adoptarán las medidas oportunas para finalizar la competición con el menor tiempo posible y con el menor número de equipos, futbolistas, entrenadores, delegados y personal auxiliar posible, reduciendo la competición única y exclusivamente al desarrollo de las promociones de ascenso, fijando las eliminatorias en sede neutral y a partido único.

6) Para la disputa de las diferentes Promociones de Ascenso que se lleven a cabo, se comunicará previo al inicio de las mismas, una circular con las normas específicas de competición. (Sustituciones, pausas de refresco o hidratación, etc…)

7) Si las condiciones sanitarias y de seguridad de los deportistas no permitiesen la celebración de las citadas Promociones de ascenso, la Junta Directiva de la FFCV resolverá sobre la forma de finalización de las mismas, dando cuenta a la Asamblea General para su ratificación en la primera reunión que celebre.

8) En todo caso, en la disputa de dichas promociones primará su puesta en marcha de forma exprés, mediante la adaptación de un sistema de configuración y emparejamientos que disminuya al máximo los riesgos para la salud de los participantes y resto de intervinientes, primando estas sobre los aspectos normativos al inicio de la competición y con el estricto cumplimiento del Protocolo del CSD publicado en el BOE.

9) Los horarios de los partidos que se disputen en las promociones de ascenso serán fijados por la FFCV, una vez oídos los clubes interesados, con el objetivo de que se garantice la salud de todos los participantes y el cumplimiento de lo establecido en cada momento por las autoridades competentes.

10) En las competiciones oficiales de juveniles de nuestro ámbito territorial en las que se disputa una promoción de ascenso a división nacional, las mismas se dan por finalizadas, tal y como se especifica al desarrollar expresamente todas y cada una de las competiciones en los correspondientes apartados de la presente circular.

11) En las competiciones oficiales de nuestro ámbito territorial en las que se disputa una promoción de ascenso a otra división territorial, las mismas se dan por finalizadas, tal y como se especifica al desarrollar expresamente todas y cada una de las competiciones en los correspondientes apartados de la presente circular.

12) El resto de las competiciones oficiales organizadas por esta Federación se dan por finalizadas, tal y como se especifica al desarrollar expresamente todas y cada una de las competiciones en los correspondientes apartados de la presente circular.

13) En las competiciones oficiales de nuestro ámbito territorial no se producirán descensos en ninguna categoría, salvo los de aquellos equipos que se retiraron o fueron excluidos de la competición durante la temporada 2019/2020, sobre los cuales recae una sanción que devino en firme y que deberán de cumplir.

14) Como norma general, en todas las competiciones oficiales de carácter territorial organizadas por esta Federación, la clasificación final corresponde a los resultados obrantes en los partidos disputados hasta la fecha de la declaración del estado de alarma, realizándose la misma y resolviéndose los posibles empates en aplicación de los criterios de desempate previstos en el artículo 285 del Reglamento General de la FFCV, hasta donde fuera posible en cada caso en concreto. La diferencia de goles particulares en caso de haber disputado los dos partidos entre ellos y la diferencia de goles general en caso contrario, serán los primeros criterios a aplicar.

15) En el caso de que algún grupo competicional estuviera compuesto por un número de equipos impares o siendo la composición de equipos pares, alguno de estos tuvieran partidos atrasados o pendientes de jugar, para establecer la clasificación se aplicará el criterio del mejor coeficiente, es decir, dividir los puntos obtenidos entre los partidos disputados para determinar las posiciones en la clasificación final. Resolviéndose los posibles empates que se pudieran producir en aplicación de los criterios de desempate previstos en el artículo 285 del Reglamento General de la FFCV, hasta donde fuera posible en cada caso en concreto.

16) Para determinar los mejores clasificados de entre diferentes grupos de una misma categoría, bien para acceder a una promoción de ascenso o bien para establecer una clasificación final para el ascenso directo, y dado que el número de participantes y partidos disputados puede no ser igual en todos los grupos, para dirimir su mejor derecho y la mejor clasificación entre estos, se tendrá en cuenta el número de partidos jugados y el de puntos conseguidos, estableciéndose el promedio de puntos por partido. Resolviéndose los posibles empates que se pudieran producir en aplicación de los criterios de desempate previstos en el artículo 285 del Reglamento General de la FFCV, hasta donde fuera posible en cada caso en concreto.

17) Corresponderá al Juez Único de Competición o en su caso al Comité de Competición correspondiente de la FFCV, la determinación de las clasificaciones finales de todas las competiciones oficiales de carácter territorial, tanto de Fútbol como de Fútbol Sala, masculino y femenino, organizadas por esta Federación.

18) Una vez determinadas las clasificaciones finales por el Juez de Competición o en su caso por el Comité de Competición correspondiente, aplicando para ello los principios generales y específicos recogidos tanto en el Reglamento General como en las nuevas Disposiciones Adicionales de las Normas Reguladoras, estas se harán públicas para conocimiento de nuestros clubes afiliados. Una vez publicadas, los clubes dispondrán de un plazo de tres días hábiles para presentar cualquier tipo de reclamación ante el Comité de Competición y Disciplina. Transcurrido el plazo, se publicarán las clasificaciones finales que contendrían, además de lo anterior, los acuerdos pendientes de resolución de los órganos disciplinarios.

19) En todas las categorías arbitrales, tanto en la modalidad principal de fútbol como en la especialidad de fútbol sala, no se producirán descensos de árbitros, a excepción de aquellos que deban producirse por razones administrativas o disciplinarias previstas en el Reglamento General de la FFCV. El número de ascensos en cada categoría no sufre ninguna modificación, respetándose lo establecido desde el principio de la temporada.

20) Comunicar a la Delegación Territorial de la Mutualidad de Previsión Social de Futbolistas Españoles a Prima Fija los acuerdos alcanzados para la adopción de las medidas que correspondan.

21) Se adaptarán y modificarán las normas de competición de la temporada 2019/2020 para ajustarlas a estos principios y reglas de competición.

En concordancia con lo significado en los apartados anteriores, para cada categoría se fijan las
siguientes normas específicas de competición:

A.- MODALIDAD PRINCIPAL DE FÚTBOL

1) Competición de Regional Preferente Aficionados.

a) Se da por finalizada la fase de la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la fase regular.
c) No se producen descensos, a excepción de los equipos que hubieran sido descendidos administrativamente por retirada o exclusión de la competición.
d) Se disputará la promoción de ascenso de manera exprés, accediendo a esta los tres mejores clasificados de cada uno de los cuatro grupos establecidos, en total 12 equipos.
e) El formato de la Promoción exprés de ascensos tendrá las siguientes características:

Promoción de ascenso a 3º División

1. Fase Final en Sede única, por el sistema de eliminatorias a partido único y con un intervalo de mínimo 72h entre partidos.
2. Programación de horarios de partidos evitando altas temperaturas.
3. Dos rondas eliminatorias, nueve partidos en total.
Primera ronda eliminatoria: 6 partidos decididos por sorteo según circular, se disputarán cuatro encuentros de 1º vs 3º y dos encuentros de 2º vs 2º. Accederán los vencedores de cada partido a disputar la segunda ronda eliminatoria, en total 6 equipos.
Segunda ronda eliminatoria: 3 partidos establecidos por sorteo según circular. Los 3 vencedores de estas eliminatorias ascenderán a 3ª División.
Sistema de desempates: En todos los encuentros de estas eliminatorias, en caso de empate a la finalización del tiempo reglamentario, no habrá prórroga y se procederá directamente al lanzamiento de una tanda de penaltis en los términos establecidos en el párrafo segundo y tercero, del punto 2 del artículo 287 del Reglamento General de la FFCV.

2) Competición de 1ª Regional de Aficionado:

a) Se da por finalizada la fase de la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la fase regular.
c) No se producen descensos, a excepción de los equipos que hubieran sido descendidos administrativamente por retirada o exclusión de la competición.
d) No se disputará la Promoción de Ascenso prevista entre los ocho segundos clasificados.
e) Ascienden a Regional Preferente Aficionados, los dos mejores clasificados de cada uno de los ocho grupos establecidos, en total 16 equipos. Necesariamente deberán de ascender dos equipos por cada grupo.

3) Competición de 2ª Regional de Aficionado:

a) Se da por finalizada la fase de la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la fase regular.
c) No existen descensos en esta categoría.
d) No se disputará la Promoción de Ascenso prevista entre los ocho peores segundos clasificados.
e) Ascienden a 1ª Regional Aficionados, los dos mejores clasificados de cada uno de los catorce grupos establecidos, en total 28 equipos. Necesariamente deberán de ascender dos equipos por cada grupo.

4) Competición de Liga Autonómica Femenina Valenta:

a) Se da por finalizada la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la liga regular.
c) No se producen descensos, a excepción de los equipos que hubieran sido descendidos administrativamente por retirada o exclusión de la competición.
d) Asciende a 1ª Nacional Femenina, el mejor clasificado del grupo único de Liga Autonómica Femenina Valenta, en total 1 equipo.

5) Competición de 1ª Regional Femenina Valenta:

a) Se da por finalizada la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la fase regular.
c) No se producen descensos, a excepción de los equipos que hubieran sido descendidos administrativamente por retirada o exclusión de la competición.
d) Ascienden a Liga Autonómica Femenina Valenta, el mejor clasificado de cada uno de los tres grupos establecidos, en total 3 equipos.

6) Competición de 2ª Regional Femenina Valenta:

a) Se da por finalizada la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la liga regular.
c) No existen descensos en esta categoría.
d) Ascienden a 1ª Regional Femenina Valenta, el mejor clasificado de cada uno de los cinco grupos establecidos, en total 5 equipos.

7) Competición de Regional Preferente Juvenil.

a) Se da por finalizada la fase de la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la liga regular.
c) No se producen descensos, a excepción de los equipos que hubieran sido descendidos administrativamente por retirada o exclusión de la competición.
d) No se disputará la promoción de ascenso a Liga Nacional Juvenil, en consonancia con la Circular 67 de la RFEF, que especifica que no se disputará ninguna competición juvenil debido al grave riesgo para la salud de los jugadores, en muchos casos, menores de edad.
e) Ascienden a Liga Nacional Juvenil, el mejor clasificado de cada uno de los cuatro grupos establecidos, en total 4 equipos.

8) Competición de 1ª Regional Juvenil:

a) Se da por finalizada la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la liga regular.
c) No se producen descensos, a excepción de los equipos que hubieran sido descendidos administrativamente por retirada o exclusión de la competición.
d) Ascienden a Regional Preferente Juvenil, los dos mejores clasificados de cada uno de los ocho grupos establecidos, en total 16 equipos. Necesariamente deberán de ascender dos equipos por cada grupo.

9) Competición de 2ª Regional Juvenil:

a) Se da por finalizada la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la liga regular.
c) No existen descensos en esta categoría.
d) Ascienden a 1ª Regional Juvenil, el mejor clasificado de cada uno de los 18 grupos establecidos, además de los seis mejores segundos clasificados de entre estos dieciocho grupos, en total 24 equipos.

10) Competición de Liga Autonómica Cadete:

a) Se da por finalizada la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la liga regular.
c) No se producen descensos, a excepción de los equipos que hubieran sido descendidos administrativamente por retirada o exclusión de la competición.
d) No existen ascensos en esta categoría al tratarse de la máxima división.

11) Competición de Regional Preferente Cadete:

a) Se da por finalizada la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la liga regular.
c) No se producen descensos, a excepción de los equipos que hubieran sido descendidos administrativamente por retirada o exclusión de la competición.
d) Ascienden a Liga Autonómica Cadete, el primer clasificado de cada uno de los cuatro grupos establecidos, en total 4 equipos.

12) Competición de 1ª Regional Cadete:

a) Se da por finalizada la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la liga regular.
c) No se producen descensos, a excepción de los equipos que hubieran sido descendidos administrativamente por retirada o exclusión de la competición.
d) Ascienden a Regional Preferente Cadete, el primer clasificado de cada uno de los ocho grupos establecidos, además de los cuatro mejores segundos clasificados, en total 12 equipos.

13) Competición de 2ª Regional Cadete:

a) Se da por finalizada la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la liga regular.
c) No existen descensos en esta categoría.
d) Ascienden a 1ª Regional Cadete, el primer clasificado de cada uno de los 27 grupos establecidos entre las tres provincias, en total 27 equipos.

14) Competición de Liga Autonómica Infantil:

a) Se da por finalizada la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la liga regular.
c) No se producen descensos, a excepción de los equipos que hubieran sido descendidos administrativamente por retirada o exclusión de la competición.
d) No existen ascensos en esta categoría al tratarse de la máxima división.

15) Competición de Regional Preferente Infantil:

a) Se da por finalizada la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la liga regular.
c) No se producen descensos, a excepción de los equipos que hubieran sido descendidos administrativamente por retirada o exclusión de la competición.
d) Ascienden a Liga Autonómica Infantil, el primer clasificado de cada uno de los cuatro grupos establecidos, en total 4 equipos.

16) Competición de 1ª Regional Infantil:

a) Se da por finalizada la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la liga regular.
c) No se producen descensos, a excepción de los equipos que hubieran sido descendidos administrativamente por retirada o exclusión de la competición.
d) Ascienden a Regional Preferente Infantil, el primer clasificado de cada uno de los ocho grupos establecidos, además de los cuatro mejores segundos clasificados, en total 12
equipos.

17) Competición de 2ª Regional Infantil:

a) Se da por finalizada la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la liga regular.
c) No existen descensos en esta categoría.
d) Ascienden a 1ª Regional Infantil, el primer clasificado de cada uno de los 33 grupos establecidos entre las tres provincias, en total 33 equipos.

18) Competiciones de Cadete e Infantil Femenino Valenta:

a) Se dan por finalizadas las segundas fases de las ligas que se estaban disputando.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de las ligas.
c) No existen ascensos ni descensos en esta categoría.

19) Competiciones de Veteranos:

a) Se dan por finalizadas las ligas regulares.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de las ligas regulares.
c) No existen ascensos ni descensos en esta categoría.

20) Competiciones Locales de Alcoy (Aficionados, Infantil y Veteranos F8):

a) Se dan por finalizadas las ligas regulares.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de las ligas regulares.
c) No existen ascensos ni descensos en estas categorías.

21) Competiciones de Fútbol 8 (Alevín, Benjamín y Prebenjamín):

a) Se dan por finalizadas las ligas regulares.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de las ligas regulares.
c) No existen ascensos ni descensos en estas categorías.

22) Competiciones de Femenino Base Valenta:

a) Se dan por finalizadas las segundas fases de las ligas que se estaban disputando.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de las ligas.
c) No existen ascensos ni descensos en esta categoría.

23) Fase Clasificación para acceder a la eliminatoria previa de la Copa de S.M. El rey:

a) Facultar a la Junta Directiva de la FFCV, para que, en el caso de que no pueda disputarse la mencionada Fase tal y como estaba prevista en la Circular nº 34 de esta Federación, resuelva sobre la finalización de la misma.

B.- ESPECIALIDAD DE FÚTBOL SALA

24) Competición de Regional Preferente Aficionados.

a) Se da por finalizada la fase de la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la fase regular.
c) No se producen descensos, a excepción de los equipos que hubieran sido descendidos administrativamente por retirada o exclusión de la competición.
d) Ascienden directamente a 3º División, el primer clasificado de los grupos 1 (Valencia) y 2 (Castellón), así como el primer y segundo clasificado del grupo 3 (Alicante)
e) Se disputará la promoción de ascenso de manera exprés, accediendo a una plaza para 3º División, los equipos clasificados en los puestos segundo y tercero, de los grupos 1 (Valencia) y 2 (Castellón)
f) El formato de la Promoción exprés de ascensos tendrá las siguientes características:

Promoción de ascenso a 3º División

1. Fase Final en Sede única, a partido único y con un intervalo de mínimo 72h entre partidos.
2. Programación de horarios de partidos evitando altas temperaturas.
3. Dos rondas eliminatorias, tres partidos en total.
Primera ronda eliminatoria: Dos partidos según circular de competición:
2º Clasificado Grupo 1 vs 3º Clasificado Grupo 2
2º Clasificado Grupo 1 vs 3º Clasificado Grupo 1
Segunda ronda eliminatoria: Un partido entre los dos equipos vencedores de las primeras eliminatorias. El equipo ganador de esta eliminatoria ascenderá a 3ª División.
Sistema de desempates: En todos los encuentros de estas eliminatorias, en caso de empate a la finalización del tiempo reglamentario, no habrá prórroga y se procederá directamente al lanzamiento de una tanda de penaltis en los términos establecidos en las Reglas de Juego FIFA de Fútbol Sala en el apartado de “Procedimientos para determinar el ganador de un partido o eliminatoria que finalice en empate”.

25) Competición de 1ª Regional de Aficionado:

a) Se da por finalizada la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la liga regular.
c) No se producen descensos, a excepción de los equipos que hubieran sido descendidos administrativamente por retirada o exclusión de la competición.
d) Ascienden a Regional Preferente Aficionados, según circular de competición, el primer y segundo clasificado de cada uno de los dos grupos 1 (Valencia) y 2 (Alicante), en total 4 equipos.

26) Competición de 2ª Regional de Aficionado:

a) Se da por finalizada la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la liga regular.
c) No existen descensos en esta categoría.
d) Ascienden a 1ª Regional Aficionados, según circular de competición, el primer clasificado de los grupos 1 y 2 (Valencia), en total 2 equipos.

27) Competición de Liga Autonómica Femenina #Valenta:

a) Se da por finalizada la fase de la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la fase regular.
c) No se producen descensos, a excepción de los equipos que hubieran sido descendidos administrativamente por retirada o exclusión de la competición.
d) Se disputará la promoción de ascenso de manera exprés, accediendo a una plaza para Segunda División Femenina, los equipos clasificados en los puestos primero y segundo de los
grupos 1 (Castellón/Valencia) y 2 (Alicante)
e) El formato de la Promoción exprés de ascensostendrá las siguientes características:

Promoción de ascenso a Segunda División Femenina

1. Fase Final en Sede única, a partido único y con un intervalo de mínimo 72h
entre partidos.
2. Programación de horarios de partidos evitando altas temperaturas.
3. Dos rondas eliminatorias, tres partidos en total.
Primera ronda eliminatoria: 2 partidos según circular de competición:
1º Clasificado Grupo 1 vs 2º Clasificado Grupo 2
1º Clasificado Grupo 2 vs 2º Clasificado Grupo 1
Segunda ronda eliminatoria: 1 entre los equipos vencedores de las primeras eliminatorias. El equipo ganador de esta eliminatoria ascenderá a Segunda División Nacional Femenina.
Sistema de desempates: En todos los encuentros de estas eliminatorias, en caso de empate a la finalización del tiempo reglamentario, no habrá prórroga y se procederá directamente
al lanzamiento de una tanda de penaltis en los términos establecidos en las reglas de juego FIFA de Fútbol Sala en el apartado de “Procedimientos para determinar el ganador de un partido o eliminatoria que finalice en empate”.

28) Competición de Promoción Femenina #Valenta:

a) Se da por finalizada la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la liga regular.
c) No existen descensos en esta categoría.
d) Ascienden a Liga Autonómica #Valenta, según circular de competición, el Primer y Segundo clasificado del grupo Promoción Femenino #Valenta (Valencia) total 2 equipos.

29) Competición de 1ª Regional Juvenil.

a) Se da por finalizada la fase de la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la fase regular.
c) No se producen descensos, a excepción de los equipos que hubieran sido descendidos administrativamente por retirada o exclusión de la competición.
d) No se disputará la promoción de ascenso a División Honor Juvenil, en consonancia con la Circular 67 de la RFEF, que especifica que no se disputará ninguna competición juvenil debido al grave riesgo para la salud de los jugadores, en muchos casos, menores de edad.
e) Ascienden a División Honor Juvenil, los dos mejores primeros clasificados de entre los cuatro grupos establecidos, en total 2 equipos.

30) Competición de 2ª Regional Juvenil:

a) Se da por finalizada la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la liga regular.
c) No existen descensos en esta categoría.
d) Ascienden a Primera Regional Juvenil, según circular de competición, el primer clasificado de los grupos 1 2 y 3 (Valencia) y primer y segundo clasificado de los grupos 4 y 5 (Alicante), en
total 7 equipos.

31) Competición de 1ª Regional Cadete:

a) Se da por finalizada la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la liga regular.
c) No se producen descensos, a excepción de los equipos que hubieran sido descendidos administrativamente por retirada o exclusión de la competición.
d) No existen ascensos en esta categoría al tratarse de la máxima división.

32) Competición de 2ª Regional Cadete:

a) Se da por finalizada la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la liga regular.
c) No existen descensos en esta categoría.
d) Ascienden a 1ª Regional Cadete, el primer clasificado de cada uno de los cuatro grupos (Valencia), en total 4 equipos.

33) Competición de 1ª Regional Infantil:

a) Se da por finalizada la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la liga regular
c) No se producen descensos, a excepción de los equipos que hubieran sido descendidos administrativamente por retirada o exclusión de la competición.
d) No existen ascensos en esta categoría al tratarse de la máxima división.

34) Competición de 2ª Regional Infantil:

a) Se da por finalizada la liga regular.
b) El Juez Único de Competición aprobará la clasificación final de la liga regular.
c) No existen descensos en esta categoría.
d) Ascienden a 1ª Regional Infantil, el primer clasificado de cada uno de los cuatro grupos
(Valencia), en total 4 equipos.

35) Competición de 1ª Regional Alevin:

a) Se da por finalizada la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la liga regular.
c) No se producen descensos, a excepción de los equipos que hubieran sido descendidos administrativamente por retirada o exclusión de la competición.
d) No existen ascensos en esta categoría al tratarse de la máxima división.

36) Competición de 2ª Regional Alevín:

a) Se da por finalizada la liga regular.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de la liga regular.
c) No existen descensos en esta categoría.
d) Ascienden a 1ª Regional Alevín, los tres primeros clasificados del grupo I (Valencia) de la segunda Fase de la Competición. grupos (Valencia), en total 3 equipos.

37) Competiciones de Benjamín:

a) Se dan por finalizadas las ligas regulares.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de las ligas regulares.
c) No existen ascensos ni descensos en esta categoría.

38) Competiciones de Prebenjamín:

a) Se dan por finalizadas las ligas regulares.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de las ligas regulares.
c) No existen ascensos ni descensos en esta categoría.

39) Competiciones de Liga Base Femenina #Valenta:

a) Se dan por finalizadas las ligas regulares.
b) El Juez Único de Competición o en su caso el Comité de Competición aprobará la clasificación final de las ligas regulares.
c) No existen ascensos ni descensos en esta categoría.

C.- ESPECIALIDAD DE FÚTBOL PLAYA

40) Competiciones de Fútbol Playa:

a) Se suspende el inicio de las competiciones oficiales de la Temporada 2019/2020.
b) La FFCV trabajará para intentar disputar competiciones oficiales a lo largo de la Temporada 2020/2021 y antes del inicio regular de la Temporada 2021/2022 en las fechas habituales.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA:

Autorizar para la temporada 2020/2021, que las competiciones de nuestro ámbito territorial que reglamentariamente tenían establecido un número máximo de equipos para cada competición o grupo, puedan sobrepasar ese límite al objeto de respetar los ascensos previstos en las normas de competición de la temporada 2019/2020, pudiéndose cubrir las vacantes que pudieran producirse hasta alcanzar el límite de equipos que se establezcan para cada categoría y división en la próxima temporada 2020/2021.

La FFCV asume la necesidad de reestructurar las competiciones para la temporada 2020/2021, dado el mayor de número de equipos que se distribuirán en cada categoría y división.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA:

De persistir los efectos de la pandemia durante la temporada 2020/2021, para la organización y desarrollo de las competiciones del ámbito territorial de la FFCV, se faculta a la Junta Directiva de la FFCV, para que, vía circular y siguiendo las directrices de las autoridades sanitarias, y en consonancia con el espíritu de las presentes disposiciones adicionales, apruebe las adaptaciones necesarias para el buen fin del desarrollo de sus competiciones.

Lo que se comunica a nuestros clubes afiliados, delegaciones y Comités Técnicos para el general conocimiento y a los efectos oportunos

En Valencia, a 21 de mayo de 2020.

Cesar Calatayud Ortíz
Secretario General

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