El Juez Único de Competición FFCV aclara la nueva normativa sobre la ejecución inmediata de sanciones

Foto: RFEF

El Juez Unico de Competición de la FFCV ha emitido una nota explicativa sobre el contenido de la Circular remitida a los clubes al respecto de la resolución del Tribunal del Deporte sobre la ejecución inmediata de las sanciones.

Miguel Angel Olarte, Juez Unico de Competición de la Federación de Fútbol de la Comunitat Valenciana, ha querido recordar a los clubes adscritos a esta territorial que el pasado día 1 de marzo se les informó sobre la inmediata aplicación de la resolución del Tribunal del Deporte de fecha 27 de febrero de 2019 que establecía la ejecutividad inmediata de las resoluciones adoptadas por los órganos disciplinarios según estipula el artículo 134.1 de la Ley del Deporte y la Actividad Física.

Dicha ejecutividad inmediata supone, en la práctica, que:

  • Debe existir necesariamente un acuerdo/resolución del Comité de Competición. Por tanto, las sanciones que aparecen en el acta NO son inmediatamente ejecutivas, sino que lo son los acuerdos del Comité de Competición correspondiente.
  • Los acuerdos/resoluciones serán ejecutivos a partir de su notificación, que se producirá con posterioridad a las sesiones en las que se reúna cada Comité para sancionar las actas correspondientes a cada jornada (normalmente miércoles por la tarde).
  • Consecuentemente, se aconseja a los clubes que revisen los acuerdos/resoluciones de los Comités antes de la disputa de los partidos, sobre todo los que se celebren entre semana, y teniendo especial cuidado con los encuentros a celebrar los miércoles por la tarde, ya que podrían incurrir en alineaciones indebidas.

Texto: FFCV

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